article banner
Alerta de IFRS

Alerta de IFRS

El IASB (International Accounting Standards Board) presenta una enmienda a la norma IFRS 16 “Arrendamientos” para brindar apoyo en el registro contable de los arrendatarios en caso de condonaciones del pago de renta durante la pandemia COVID – 19.

 

01 de Junio de 2020

Resumen ejecutivo

El International Accounting Standards Board (IASB) ha publicado una enmienda titulada “COVID 19 – Related Rent Concessions (Condonaciones de renta relacionadas con el COVID – 19). Esta enmienda adiciona un expediente práctico a la norma IFRS 16, la cual brinda un apoyo a los arrendatarios en evaluar si las condonaciones en le pago de renta relacionadas con la pandemia del COVID 19 son modificaciones directas a un arrendamiento existente. Por el contrario, si este expediente práctico es aplicable, estas condonaciones de renta son tratadas como si no hubiera una modificación en el contrato de arrendamiento. No existen cambio para los arrendadores.

 

Contexto

La pandemia del COVID – 19 está creando una carga adicional en las compañías de todo el mundo. Como resultado, los arrendadores han brindado a los arrendatarios condonaciones en el pago de renta. Dichas condonaciones se presentan como un periodo de “vacaciones” en el pago de la renta, o en algunos casos, un descuento sobre el monto total de pago durante un periodo definido (posiblemente seguidas de un incremento en el monto total de renta en periodos futuros). En algunas jurisdicciones, los gobiernos locales están pidiendo la condonación del pago de renta como un requisito, mientras que, en otras, solo se está animando a otorgarlas. Cualquiera que sea el caso, estas tendrán un alto impacto para los arrendatarios, particularmente en las industrias de retail y en el sector hospitalario y de salud, en donde en muchos casos estas han sido forzadas a cerrar temporalmente como un resultado directo de la pandemia.

La norma IFRS 16 contiene requerimientos específicos cuando se contabiliza por cambios en el pago de arrendamientos y condonaciones de renta. La norma requiere que los arrendatarios evalúen si las condonaciones de renta son modificaciones al contrato de arrendamiento, y en caso de serlo, hay reglas específicas para el reconocimiento contable. Sin embargo, el aplicar estos requerimientos a un número significativo de contratos de arrendamiento podría ser complejo, particularmente desde una perspectiva de practicidad. Las compañías ya tienen suficiente presión como resultado de esta pandemia como para agregar una carga más en el reconocimiento de la IFRS 16.

 

El expediente práctico

El expediente práctico permite que el arrendatario no realice una evaluación para decidir si las condonaciones de renta derivadas de la pandemia del COVID – 19 son una modificación al contrato de arrendamiento o no. La norma permite al arrendatario contabilizar las condonaciones de renta como si el cambio no fuera una modificación al contrato de arrendamiento.

El expediente práctico solo es aplicable a las condonaciones de renta que resulten como consecuencia directa de la pandemia del COVID – 19. El apoyo en el reconocimento contable es únicamente para los arrendatarios a los que se les han concedido dichas condonaciones. No existen cambios para el arrendador. Para que esto sea aplicable, el arrendatario deberá de cumplir con todos los puntos siguientes:

  • Las condonaciones de renta proporcionan un apoyo a los pagos, que en general dan como resultado que la consideración para el contrato de arrendamiento sea sustancialmente igual o menor que la consideración original para el arrendamiento inmediatamente antes de que se otorgara la concesión.
  • Las condonaciones de renta son un apoyo para los pagos que estuviesen vigentes antes del 30 de junio de 2021. De esta manera, los pagos incluidos son aquellos que se reducirán durante y hasta el 30 de junio de 2021, y los potenciales incrementos subsecuentes en el monto de la renta se puedan diferir hasta después de esta misma fecha.
  • No existirán cambios materiales a otros términos y condiciones del contrato original de arrendamiento.

 

Revelaciones

En caso de la aplicación del expediente práctico, una entidad deberá revelar:  

  • Que se ha aplicado el expediente práctico a todos sus contratos de arrendamiento con condonaciones de renta, o si solo se aplicó a algunos de ellos, una descripción de la naturaleza de aquellos contratos a los que se les aplicó, y
  • El monto que refleja el cambio en el pago de las rentas en los resultados del periodo aplicable en donde se otorgaron las condonaciones de la renta.

 

Entrada en vigor

La enmienda en la norma es aplicable para los periodos de reporte iniciados o posteriores al primero de junio de 2020 (01 – 06 – 2020). La aplicación temprana estará permitida, incluido para los estados financieros que aún no han sido aprobados y autorizados al 28 de mayo e 2020 (fecha en la que se emitió la enmienda a la norma).

 

Nuestra postura

En Salles, Sainz – Grant Thornton aplaudimos la emisión de la enmienda a la norma IFRS 16 y apoyamos el objetivo del IASB.