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Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2023

Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2023

El 25 de julio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la “Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27” (la Resolución), la cual que entrará en vigor el día de su publicación, con excepción de los expresamente dispuesto en dicha Resolución.

Como recordarán, a través de nuestra alerta número 32, hicimos de su conocimiento sobre la publicación anticipada de la Resolución en comento, por lo que mediante la presente les confirmamos que, la misma no tuvo modificaciones respecto de lo comentado en la citada alerta.

No obstante, hubo adiciones que no contempló la versión anticipada, en relación con lo siguiente:

Donación de mercancías al Fisco Federal

En relación con la solicitud para donar diversos bienes a favor del Fisco Federal, mediante la Resolución en comento se deroga el plazo que la autoridad tendrá para emitir su respuesta, el cual era no mayor a tres meses.

Asimismo, se elimina la posibilidad para personas morales con fines no lucrativos de donar requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido y salud, a terceros.

Importaciones por la emergencia sanitaria COVID-19

Toda vez que la emergencia causada por el SARSCoV2 (COVID-19) ha concluido, a través de la Tercera Resolución de modificaciones se derogan los procedimientos que los contribuyentes debían seguir para importar bienes que serían donados a diversas Secretarías como la de Salud, de la Defensa Nacional y de Marina, entre otras, así como la importación de menajes de casa.

Recursos de revocación

Se aclara mediante una adición a las reglas que, si se impugna un acto que haya sido emitido por la Agencia Nacional de Aduanas de México, el recurso de revocación podrá presentarse ante la Dirección General Jurídica de Aduanas, siempre y cuando otra unidad administrativa no tenga conferida dicha atribución.

El presente documento tiene por objeto informar, en términos generales, los aspectos más relevantes de dicha Resolución, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberá revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.

Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.

 

Contáctenos

En caso de requerir mayor información, favor de contactarnos en los siguientes correos electrónicos:

Atención Nacional

Mario Echagaray

Mario.Echagaray@mx.gt.com 

Tijuana

Luis Fernando Acosta 

Luis.F.Acosta@mx.gt.com