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Reconocimiento de la STPS en Comercio Exterior.

Reconocimiento de la STPS en Comercio Exterior.

El 18 de mayo de 2023, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó el “Decreto por el que se reforma y adiciona el diverso por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior.” (el Decreto), mismo que entró en vigor el mismo día de su publicación en el DOF.

Mediante el citado Decreto, se adiciona que se considerará autoridad competente a las “dependencias y órganos administrativos desconcentrados que tengan a su cargo trámites relacionados con la importación, exportación y tránsito de mercancías”.

De igual manera, se agregan como autoridades para los efectos de dicho Decreto a:

·        Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

·        Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).

Es importante considerar que se incluye a la STPS, toda vez que le corresponde regular las condiciones de trabajo en la elaboración de mercancías, con el fin de impedir la importación al territorio nacional de bienes producidos en su totalidad o en parte por trabajo forzoso u obligatorio.

Por otro lado, y referente a la Comisión Intersecretarial, se especifica que se conformará por los siguientes titulares:

a) Secretaría de Economía:

·        Subsecretaría de Industria y Comercio.

·        Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.

·        Persona servidora pública electa por el titular de la citada secretaría.

b) Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

·        Jefatura del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

·        Administración General de Planeación del SAT.

·        Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información del SAT.

·        Titular de la ANAM.

·        Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera y/o la Dirección General de Tecnologías de la Información de la ANAM.

·        Servidor público con nivel mínimo de dirección general o su equivalente, propuesta por el responsable de la mencionada secretaría.

c) Secretaría de la Función Pública:

·        Servidor público con nivel mínimo de titular de unidad, designado por el director de dicha dependencia.

Respecto de las demás Secretarías que conforman la Comisión, de acuerdo con el Decreto, o cualquier otra autoridad competente en materia de comercio exterior se establece que, un servidor público con nivel mínimo de dirección general o su equivalente, designada por los titulares de dichas instituciones será parte de este Órgano.

El presente documento tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de dicho Decreto, por lo que no incluye un análisis profundo del mismo y en cada caso se deberán revisar sus efectos específicos y sus consecuencias.

Nuestra Firma, a través de su práctica de Comercio Exterior, se encuentra a sus órdenes para asistirle con cualquier duda relacionada con el presente; así como en cualquier otro asunto relacionado con la materia.

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Atención Nacional

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Mario.Echagaray@mx.gt.com 

Tijuana

Luis Fernando Acosta 

Luis.F.Acosta@mx.gt.com